Miguel el Nayar, alguazil y vezino del lugar de Dúrcal, que de los conçejos y vezinos de los lugares de El Padul y Nigüeles y El Chite, de quyen tengo poder.
Digo que por mandamiento de vuestra señoría, mis partes hizieron carta quenta ante escrivano nonbrado por vuestra señoría de los batimentos que dieron a las conpañías, que estuvieron aloxadas en los dichos lugares, de los soldados que se perdieron en el puerto (de) La Herradura (...) y hasta agora no an cobrado mis partes cosa alguna, salvo la costa que hizo el capitán Periche de pasada una noche, y los demás capitanes que estuvieron en Nigüeles treynta días y en El Padul catorze días y más otros de pasada, no se nos ha pagado, por todo lo qual los dichos mis partes piden y suplican a vuestra señoría mande dar orden como mis partes cobren los dichos bastimentos que ansi dieron a los dichos soldados por orden y mandado de vuestra señoría"
27 Octubre 1.563 - Transcripción del Legajo 680-9 Consejo Real.
Carta quenta del lugar de El Padul
"Muy ylustre señor:
Nos, el Conçejo y vezinos del lugar de El Padul del Val de Lecrín, besamos las manos de vuestra señoría y dezimos que en el dicho lugar estuvieron aloxados çiertos capitanes y soldados de los que salieron de las galeras que se perdieron en el puerto (de) La Herradura, a los quales y a cada uno dellos dimos todo el bastimento que ovieron menester en que les davamos a cada soldado dos panes y una libra de carne yenlaceedio açumbre de vino cada día, y por mandamiento de vuestra señoría nos ha sido notificado vengamos a pedir lo que se nos deve del dicho bastimento (...).
Otrosí dezimos que algunos vezinos del dicho lugar, por temor que les dixeron los soldados que si no les devan contento les avían de matar y se avían de estar un mes más de lo que estuvieren en el dicho lugar, y los dichos de miedo y contra su boluntad, les dieron contento. Pedimos y suplicamos a vuestra señoría mande que sin enbargo del dicho contento se nos paguen todos los bastimentos y otras cosas que paresçiere que se les dio a los susodichos…".
En el Alhambra de la Çibdad de Granada, çinço días del mes de março de mil e quinientos y sesenta y tres años, antel muy ylustre señor don Luys Hurtado de Mendoça, alcayde y capitán desta çibdad de Granada y su Alhambra y fortalezas, por su magestad y theniente de capitán general del reino de Granada por el ylustrísimo señor don Yñigo López de Mendoça, conde de Tendilla, señor de la villa de El Prado, capitán general del dicho reino, presentaron esa petición los en ella qontenidos".